Arrendamientos

Arrendamientos

Arrendamientos

El Contrato de arrendamiento, se ratifica ante Notario, sin que lo exija la ley, salvo ciertos casos, solo por seguridad y certeza, de quienes y que, convinieron. Pero actualmente, cuando se convenga la “cláusula resolutoria o pacto comisario expreso”, deberán ser ratificadas las firmas ante Notario, a fin de poder hacer efectivas, esta última.  Con un contrato notarial de arrendamiento, quedarán protegidas todas las partes.

Volver a todos los servicios.